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Nueva York: falta la firma de Hochul para que empresas con contratos del ICE los reporten

El proyecto S10363 obligaría a entidades que operan en el estado a informar contratos con el ICE. Debe ser aprobado por el Senado y la Asamblea antes de llegar a la gobernadora.

Un proyecto de ley en Nueva York busca obligar a las entidades que operen en el estado a informar sus contratos o acuerdos con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés). Si se aprueba, deberán entregar una copia de esos documentos al estado. La iniciativa permanece en el Comité de Finanzas del Senado y aún debe superar ambas cámaras antes de llegar a Kathy Hochul.

Nueva York: qué exige el proyecto sobre los contratos con el ICE

La iniciativa S10363 propone crear una base pública con los convenios celebrados entre la agencia migratoria federal y entidades privadas que desarrollan actividades comerciales en Nueva York, según el sitio oficial del Senado estatal.

Denominada Ley de Transparencia de Contratos del ICE, la propuesta fue impulsada por el senador demócrata James Skoufis, representante del Distrito 42. Para implementar la medida, el texto incorporaría la sección 94-c a la Ley Ejecutiva.

Qué contratos con el ICE alcanzaría el proyecto en Nueva York

La obligación se aplicaría a los compromisos suscriptos con el ICE desde el 1° de enero de 2025. Entre las actividades alcanzadas se incluyen el alquiler o la operación de centros de detención, oficinas, estacionamientos y otras actividades relacionadas.

Cada entidad debería remitir una reproducción completa del documento firmado con la agencia federal al Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés).

Para los acuerdos celebrados una vez vigente la norma, el plazo sería de 30 días desde su firma. En cambio, los suscriptos desde el 1° de enero de 2025 y antes de la entrada en vigor deberían reportarse dentro de los 30 días posteriores a esa fecha.

Qué datos incluiría la base pública de contratos con el ICE

A cargo del DOS, la plataforma reuniría la documentación aportada por las organizaciones alcanzadas. La dependencia tendría que mantener el sistema abierto al público e incorporar con rapidez cada archivo recibido.

Entre los datos publicados aparecerían el nombre y la ubicación de la entidad involucrada, además del principal lugar donde se ejecutarían las tareas. El registro también informaría la naturaleza de las prestaciones que fueron pactadas.

Asimismo, el DOS podría sumar otros elementos que considerara relevantes. La base comprendería tanto contratos formales como otros tipos de entendimientos establecidos con la autoridad migratoria.

Multas de hasta US$5000 por no informar contratos con el ICE

Ante la falta de presentación de los documentos exigidos, el DOS podría imponer una multa civil de hasta US$5000. Otra consecuencia posible sería la declaración del infractor como una entidad no responsable y su incorporación a la lista estatal correspondiente.

Esa clasificación le impediría recibir contratos o adjudicaciones de Nueva York. La exclusión permanecería vigente durante cinco años o hasta que la compañía entregara el instrumento pendiente, según cuál de las dos situaciones ocurriera primero.

S10363 en Nueva York: qué falta para que llegue a Hochul

Tras su presentación, el expediente S10363 fue leído dos veces y derivado al Comité de Finanzas del Senado estatal. La propuesta figura como activa y tiene una versión en la Asamblea, A10460B, que permanece en el Comité de Operaciones Gubernamentales.

Antes de convertirse en ley, todavía debe completar su trámite y obtener el respaldo del Senado y la Asamblea. Solo entonces podría enviarse a Hochul para su firma. En caso de superar esas instancias, la disposición entraría en vigor 90 días después de convertirse en ley.

Nueva York: qué prohíbe la ley de Hochul sobre acuerdos con el ICE

La gobernadora Kathy Hochul firmó en mayo otra medida que restringe la cooperación de las autoridades locales con el ICE. La Ley de Policías Locales para Delitos Locales de Nueva York, vigente desde el 25 de agosto, prohíbe que gobiernos locales y agencias policiales estatales o locales celebren o mantengan acuerdos 287(g) o similares para ejercer funciones de control migratorio civil.

La normativa también prohíbe los contratos destinados a alojar a personas detenidas exclusivamente por infracciones civiles de inmigración y el apoyo económico estatal o municipal a centros privados de detención.

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