El Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) informó que las familias que adopten un niño y cumplan con los requisitos de ingresos podrán recibir hasta 5.120 dólares como porción reembolsable del Crédito Tributario por Adopción. El monto máximo del crédito es de 17.670 dólares por niño adoptado.
El Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) detalló las condiciones del Crédito Tributario por Adopción (Adoption Credit) para el año fiscal 2026, un beneficio federal que permite a las familias compensar gastos relacionados con la adopción. Según la información oficial, la porción reembolsable del crédito asciende a 5.120 dólares, que se depositan directamente en la cuenta bancaria del contribuyente.
La promulgación de la ley «One Big Beautiful Bill», en julio de 2025, introdujo cambios en la legislación tributaria. Entre ellos, permitir que las familias reciban un reembolso directo en su cuenta bancaria y que el monto se ajuste automáticamente según la inflación de cada período fiscal.
Para acceder al crédito, el ingreso bruto ajustado modificado (MAGI) debe ser de hasta 265.000 dólares anuales. No estará disponible para ingresos superiores a 305.000 dólares, según las cifras establecidas para el año fiscal 2026. En caso de que el contribuyente esté casado, deberá presentar la declaración conjunta para reclamar el crédito. El IRS aclara que «existen excepciones para quienes presentan declaraciones por separado y que es posible modificar declaraciones anteriores para cambiar el estado civil de ser necesario».
El Adoption Credit está diseñado para ayudar a cubrir gastos como honorarios legales, tarifas de agencias de adopción autorizadas, gastos de alojamiento y comidas fuera del hogar, y adopciones internacionales. Además de los requisitos económicos, la adopción debe estar completada al finalizar el año fiscal y los interesados deben presentar la documentación exigida por el IRS, incluyendo el Final Judgment of Adoption.
Las características del crédito para el año fiscal 2026 son:
- Monto máximo: 17.670 dólares por niño adoptado.
- Porción reembolsable: hasta 5.120 dólares depositados directamente en la cuenta bancaria.
- Aplicabilidad: válido para adopciones domésticas, internacionales, a través del sistema de cuidado foster y privadas.
- Los menores adoptados deben tener menos de 18 años al momento del trámite, salvo que tengan alguna discapacidad o alguna «necesidad especial» definida por una agencia estatal.
El IRS explica el mecanismo de gestión según el tipo de adopción:
- Adopciones nacionales: reclamar los gastos cada año a medida que se incurra o pague, siempre que la adopción esté finalizada. Si el niño es ciudadano o residente de Estados Unidos, se puede reclamar el crédito incluso si la adopción no se concretó.
- Adopciones internacionales: reclamar los gastos una vez que la adopción sea definitiva.
- Adopción de un niño considerado por una agencia de bienestar social del gobierno estatal o tribal indígena como de necesidades especiales o difícil de ubicar: solicitar el crédito cuando la adopción sea definitiva, incluso si no se tuvo ningún gasto elegible.
El procedimiento para solicitarlo consiste en presentar el Formulario 1040 y el Formulario 8839. En este último se deben consignar los gastos de adopción y los datos del niño, como su número de Seguro Social o número de Identificación Fiscal Individual.
