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En Panamá impulsan norma que prohíba a empleadores exigir respuestas de sus subalternos fuera de la jornada laboral

Un anteproyecto legislativo en Panamá busca prohibir que los empleadores exijan respuestas de sus trabajadores fuera del horario laboral, con el objetivo de proteger el tiempo de descanso y evitar el agotamiento laboral.

En Panamá, un anteproyecto legislativo impulsado por el diputado Ernesto Cedeño Alvarado propone prohibir que los empleadores exijan respuestas de sus trabajadores fuera de la jornada laboral. La iniciativa busca abordar una práctica que, según el texto, se ha vuelto frecuente en diversos ámbitos laborales.

El anteproyecto señala que “en la actualidad, resulta cada vez más frecuente que trabajadores reciban comunicaciones, instrucciones o requerimientos laborales fuera de su jornada ordinaria de trabajo, durante períodos de descanso, vacaciones, licencias o incapacidades, creando en muchos casos una expectativa permanente de disponibilidad que puede traducirse en cargas laborales adicionales no reconocidas formalmente como tiempo extraordinario”.

La propuesta indica que esta situación se intensificó especialmente a partir de la pandemia de COVID-19, debido al incremento del teletrabajo, el trabajo híbrido y el uso masivo de herramientas digitales de comunicación laboral. La hiperconectividad laboral ha sido identificada internacionalmente como un factor asociado al agotamiento laboral, estrés, ansiedad, fatiga digital y otros riesgos psicosociales que impactan la salud física y mental de los trabajadores.

Cedeño recordó que la legislación panameña ya reconoce parcialmente este principio en materia de teletrabajo a través del Decreto Ejecutivo No. 133 de 2020, que reglamenta la Ley de Teletrabajo y establece el derecho de desconexión del teletrabajador. Sin embargo, sostuvo que dicho reconocimiento se encuentra limitado principalmente a esa modalidad laboral, pese a que las comunicaciones digitales fuera de horario afectan también a trabajadores presenciales y de modalidades mixtas.

El anteproyecto aclara que no pretende impedir el uso de herramientas tecnológicas ni limitar la competitividad empresarial, sino establecer parámetros razonables para proteger el tiempo de descanso del trabajador y prevenir jornadas encubiertas mediante medios digitales. Asimismo, reconoce que existen sectores y actividades que, por su naturaleza, requieren disponibilidad especial o atención de emergencias, por lo que se contemplan excepciones justificadas conforme a la ley.

El derecho a la desconexión digital ya ha sido reconocido en diversas legislaciones comparadas, como las de Francia, España, Portugal, Colombia, Chile y Argentina, que han incorporado mecanismos legales para garantizar el respeto al tiempo de descanso y limitar la conectividad laboral permanente fuera de la jornada de trabajo.

La propuesta legislativa procura fortalecer la protección de los trabajadores frente a los desafíos derivados de la transformación digital del empleo. Según el proponente, el avance acelerado de las tecnologías de la información y comunicación ha transformado las relaciones laborales, permitiendo una conectividad permanente mediante correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea, llamadas telefónicas, plataformas digitales y otros medios tecnológicos. “Si bien estas herramientas han contribuido al aumento de la productividad, la eficiencia y la continuidad de las actividades económicas, también han generado nuevas dinámicas laborales que han desdibujado los límites entre el tiempo de trabajo y el tiempo de descanso, afectando el equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores”, concluye el texto.

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