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Poder Judicial levanta restricciones a Javier Miu Lei y ordena devolución de caución de un millón de soles

El Poder Judicial dispuso el levantamiento de la comparecencia con restricciones que pesaba sobre el empresario Javier Miu Lei, investigado en el caso Andrés Hurtado, y ordenó la devolución de la caución económica de un millón de soles.

El Poder Judicial levantó la comparecencia con restricciones impuesta al empresario Javier Miu Lei, coinvestigado del conductor de televisión Andrés Hurtado y de la suspendida fiscal superior de lavado de activos Elizabeth Peralta. Además, accedió a devolver la caución económica de un millón de soles.

Miu Lei está acusado de haber pagado un soborno de un millón de dólares a Hurtado y Peralta para que, mediante sus influencias, se dispusiera la devolución de cinco barras incautadas a la empresa Lomas Doradas y se archivara la investigación por lavado de activos en su contra y la de su negocio. También se le imputa haber acordado un segundo soborno de 80 mil dólares a Peralta para que se abriera una investigación por lavado de activos contra su competidor Paltarumi S.A.C. Por estos hechos, la Fiscalía solicitó 14 años de prisión.

En octubre de 2024, la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos pidió prisión preventiva contra el empresario, pero fue rechazada en doble instancia por la Corte Suprema. En su lugar, se le impuso comparecencia con restricciones con las siguientes reglas: no ausentarse del departamento de Lima sin autorización judicial, realizar control biométrico, concurrir a citaciones fiscales y judiciales, no comunicarse con otros investigados ni testigos, y prestar una caución económica de un millón de soles.

En abril de este año, la defensa de Miu Lei solicitó la declaración de caducidad de la comparecencia con restricciones al amparo de la Ley 32130, que homologó los plazos de esta medida con los de la prisión preventiva: nueve meses en casos simples, 18 meses en casos complejos y 36 meses en casos de crimen organizado. Antes de esta ley, no existía un plazo fijo. La Fiscalía no se opuso al levantamiento, dado que la Corte Suprema reconoció la constitucionalidad de la norma.

“Se tiene que la medida de comparecencia con restricciones fue impuesta al imputado Miu Lei mediante resolución N°04 de 02/10/2024, y conforme a lo dispuesto en el artículo 272° del CPP vigente, corresponde 18 meses de comparecencia con restricciones, al tratarse de una investigación compleja. En ese sentido, la misma habría concluido en abril del 2026, por tanto, la medida de comparecencia con restricción caducó”, señala la resolución citada por Infobae.

En cuanto a la devolución de la caución, la Fiscalía se opuso argumentando que debe mantenerse hasta el final del proceso penal. Sin embargo, el magistrado Checkley sostuvo que la caución forma parte del paquete de restricciones de la comparecencia restrictiva, por lo que “una vez levantada la primera queda sin objeto la segunda”.

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