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Condenan a una clínica quiropráctica en Valencia por provocar síndrome de cola de caballo a una paciente

El Tribunal de Instancia número 15 de Valencia condenó a una clínica quiropráctica en Torrent a pagar una indemnización de 150.866 euros por causar un síndrome de cola de caballo a una paciente de 32 años que acudió por ciática.

El Tribunal de Instancia número 15 de Valencia condenó a una clínica quiropráctica en Torrent (Valencia) a pagar una indemnización de 150.866 euros por provocar un síndrome de cola de caballo a una paciente que acudió al centro para tratarse un problema de ciática. La sentencia, informada por la asociación El Defensor del Paciente, señaló que la actuación fue “completamente contraria a la lex artis” y causó “graves lesiones neurológicas”.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2020. La afectada, una mujer de 32 años, acudió al centro quiropráctico con síntomas compatibles con ciática en el lado izquierdo. La paciente informó al personal del centro que padecía una patología lumbar previa, una hernia discal extruida. Según El Defensor del Paciente, los profesionales ignoraron la advertencia y realizaron “diversas manipulaciones vertebrales agresivas” que estaban “expresamente contraindicadas” para su condición.

El tratamiento provocó un empeoramiento progresivo del estado neurológico de la paciente, que derivó en un síndrome de cola de caballo, una complicación grave de la columna vertebral. Esta patología se origina por una hernia discal en la zona lumbar, especialmente en personas con conducto raquídeo estrecho desde el nacimiento. Los síntomas incluyen dolor lumbar intenso, pérdida de sensibilidad en nalgas, región genital, vejiga y recto, alteraciones urinarias e intestinales, y deterioro de la respuesta sexual.

La paciente requirió múltiples cirugías en el Hospital Universitari i Politècnic La Fe de Valencia. Pese a las intervenciones, le quedaron “importantes secuelas funcionales y neurológicas”, como problemas urinarios y de control de esfínteres, limitaciones funcionales severas y pérdida de calidad de vida.

El testimonio de la joven fue respaldado por un informe pericial que el juez calificó como “creíble, coherente y consistente”, y por las declaraciones de los neurocirujanos del Hospital La Fe que trataron el caso. Los especialistas afirmaron que las lesiones y la evolución clínica desfavorable fueron consecuencia directa de las manipulaciones desaconsejadas y que las secuelas eran “perfectamente previsibles y evitables”.

El tribunal condenó al centro quiropráctico al pago de 150.866 euros. Los abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre, de El Defensor del Paciente y representantes legales de la demandante, declararon: “Este caso es un ejemplo claro de lo peligroso que puede resultar a veces acudir a centros quiroprácticos donde en muchas ocasiones no disponen de personal cualificado para tratar patologías óseas y musculares para las que no tienen ni la formación ni la competencia adecuada”.

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