La Sala III de la Cámara de Apelaciones ordenó detener por completo los trabajos en el histórico estadio porteño, tras un amparo colectivo que denuncia riesgos patrimoniales y ambientales.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires ordenó la suspensión total de las obras en el estadio Luna Park, ubicado en Corrientes y Bouchard. La medida cautelar revoca una sentencia previa y responde a un amparo colectivo presentado por asociaciones civiles y especialistas en patrimonio.
El fallo impacta directamente en los planes de las productoras DF Entertainment y Live Nation, que buscaban modernizar el recinto. Sin embargo, la Justicia consideró que el proyecto actual pone en riesgo la integridad estructural de un edificio protegido por ley desde 2007.
El conflicto escaló luego de que el Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Fundación Ciudad cuestionaran la validez de los permisos otorgados por el Gobierno porteño. Según la demanda, el proyecto habilitaba aumentos de volumen y demoliciones internas prohibidas por el Código Urbanístico.
Uno de los puntos críticos señalados por los jueces es el reemplazo total de la cubierta del estadio. La normativa vigente exige el mantenimiento estricto de fachadas y techos originales, algo que el plan de reforma no respetaría. Además, el tribunal destacó que la Ciudad no pudo justificar por qué se omitieron pasos administrativos obligatorios, como la consulta al Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) y la intervención de la Legislatura, necesaria cuando se afecta más del 20% de una superficie catalogada.
Otro factor determinante fue el impacto ambiental acústico. Los peritajes indicaron que los niveles de ruido durante los shows superarían ampliamente los 60 decibeles permitidos, afectando el entorno nocturno de la zona de la avenida Madero.
Los magistrados Gabriela Seijas, Horacio Corti y Hugo Zuleta subrayaron el “peligro en la demora” para justificar la cautelar. Argumentaron que, si se permitiera avanzar sobre el interior del estadio, cualquier sentencia futura llegaría tarde para salvar la identidad del monumento.
De esta manera, el Luna Park entra en un paréntesis constructivo por tiempo indeterminado. La suspensión se mantendrá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la nulidad de las disposiciones urbanísticas que autorizaron la intervención.
“El fallo deja en evidencia la orfandad de argumentos del Ejecutivo porteño para justificar la demolición interior del Luna Park. Frente a las normas explícitas que prohíben alterar el volumen de los edificios con protección estructural y que exigen el mantenimiento de sus cubiertas originales, el Gobierno optó por el silencio, lo que para la Cámara le quitó todo poder de convicción a su defensa”, aseguró Jonatan Baldiviezo, del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
