Tras el escándalo por el caso Kueder, el Congreso quedó en la mira de la sociedad por la conducta de los propios legisladores que integran la Cámara de Diputados y el Senado y generaron diferentes reacciones por parte del oficialismo y desde la oposición.
Tras el caso de Edgardo Kueider, proponen evaluar la ética de diputados y senadores
Días después de la polémica sesión que terminó en la expulsión del senador entrerriano, Edgardo Kueider, de la cámara alta por su detención en Paraguay, tras haber sido detenido con 200 mil dólares sin declarar, una diputada radical de Democracia para Siempre, Carla Carrizo, presentó un proyecto para crear una comisión de ética, en el ámbito de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados.
Además del caso Kueider, Carrizo puso como ejemplo la visita al penal de Ezeiza que realizaron varios diputados de La Libertad Avanza en julio, que generó polémica respecto a la gravedad del hecho y en torno a quién debería analizar la conducta de los legisladores.
Sin embargo, finalmente la actitud de los diputados no generó ninguna sanción ni pudo efectivizarse en un dictamen de ningún tipo, más allá de los cuestionamientos de sus pares y la polémica que generó esa visita.
«No hay ningún organo para denunciar ni controlar»: la advertencia de Carla Carrizo
Carrizo consideró que se trata de una deuda que tiene el Congreso en su regulación disciplinaria y aclaró que «no se trata de perseguir ni señalar diputados sino proteger de manera clara el marco de buen trato e institucionalidad que debe reinar en el cuerpo».
Es que, según la diputada, no existe en la estructura de la Cámara un ámbito que permita canalizar los posibles reclamos o denuncias por estos hechos.
«El Congreso, que es la casa de las leyes, no cumple con la propia Ley de Ética Pública cuando sus Diputados y Senadores no tienen un comportamiento ético ni cuando no presentan sus declaraciones juradas», afirmó a iProfesional Carrizo, autora de la iniciativa.
Según la diputada, «hoy no existe un órgano de control del cumplimiento de obligaciones de transparencia, como lo demuestra el caso de Kueider en el que ni siquiera la Cámara cumplió en hacer el seguimiento de las presentaciones de declaraciones juradas (art. 8 de la ley de ética pública)».
«Planteamos la creación de un ámbito institucional donde se puedan denunciar, analizar y considerar el comportamiento acorde a la Ley de Ética Pública de los Diputados y Senadores. Hoy no hay ningún organismo para denunciar ni para controlar».
La diputada hace referencia además a las agresiones e insultos entre los diputados y hasta incluso a algún trabajador del cuerpo durante reuniones de comisión, en encuentros institucionales o bien en los propios despachos de los diputados.
Por eso, para Carrizo es necesario un organo parlamentario que permita que esas conductas sean denunciadas en el ámbito mismo del Congreso y juzgadas por sus propios pares para evitar que estas situaciones sean moneda corriente en el Parlamento.
Congreso: ¿qué facultades tendrá la nueva comisión?
La comisión podrá intervenir en todo asunto relacionado con las normas disciplinarias de Diputados, tal como lo establece el artículo 66 de la Constitución Nacional y con los deberes, pautas y obligaciones que surgen de la ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.
El organismo estará facultado para elaborar recomendaciones tendientes a orientar el buen comportamiento de los legisladores, especialmente en lo referente a las cuestiones de orden, ética y transparencia.
De acuerdo al proyecto, la Comisión deberá entender en la cuestión girada en un plazo no mayor a 30 días desde la presentación, pudiendo prorrogarse por otros 30 días por causa fundada, y elevará su dictamen en forma de «Resolución» proponiendo la medida disciplinaria que el caso demande o desestimará las actuaciones.
Asimismo, se establece que las resoluciones de la comisión, así como los antecedentes que le sirvan de fundamento, serán públicos cuando tengan el carácter de definitivos.
Por otro lado, el proyecto busca también modificar el reglamento de la cámara baja y propone establecer que «cuando la gravedad de las faltas lo justifique, la Cámara, a indicación del presidente o por moción de cualquiera de sus miembros, decidirá por una votación sin discusión, si es o no llegada la oportunidad de usar de la facultad que le confiere el artículo 66 de la Constitución».
Si esa moción resulta afirmativa, se girará el asunto a la Comisión de Ética y Disciplina, a fin de que proponga la medida que el caso demande.
A través de la iniciativa, se establece que la comisión estará integrada por 15 miembros elegidos por los respectivos bloques parlamentarios, conforme la proporcionalidad establecida entre las fuerzas.
Por cada miembro titular se elegirá un suplente para reemplazarlo en caso de renuncia, impedimento, ausencia, remoción o fallecimiento. Se elegirá también un presidente y un vicepresidente.
¿Cómo es hasta ahora la legislación?
La facultad disciplinaria de las Cámaras del Congreso se encuentra reconocida en el artículo 66 de la Constitución Nacional que establece que «Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos».
Es lo que ocurrió el pasado jueves en la sesión especial y expulsión de Kueider del Senado.
Si bien el reglamento de la Cámara hace referencia a las denominadas «Faltas al orden», esas actitudes se encuentran referidas únicamente a situaciones que se dan en el marco de una sesión.
Por eso, Carrizo hace referencia además a las agresiones e insultos entre los diputados y hasta incluso a algún trabajador del cuerpo durante reuniones de comisión, en encuentros institucionales o bien en los propios despachos de los diputados.
A diferencia de Argentina, la Constitución de los Estados Unidos hace referencia en su articulado a la actitud de los legisladores y describe como «conductas desordenadas» el accionar polémico de sus integrantes (Artículo 1, sección 5).
De esta manera, el texto norteamericano contiene una mayor amplitud para poder jugar la conducta de los congresistas, a diferencia de la Constitución nacional, que las limita sólo para hechos en el ejercicio de sus funciones.
Se establecen en la Constitución norteamericana cuatro situaciones claramente diferenciadas que surgen del texto constitucional: corrección disciplinaria, remoción, exclusión y renuncia.
En virtud de esa disposición, el Congreso ha ejercido el rol disciplinario en 26 ocasiones: 15 exclusiones, 8 suspensiones, 2 llamados al orden y 1 apercibimiento.