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La Corte Suprema aclaró que su fallo sobre la ley de Tierras no definió la constitucionalidad de la derogación

El máximo tribunal emitió un comunicado para precisar que la sentencia se limitó a rechazar la demanda del CECIM por falta de legitimación y que no se pronunció sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/2023.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió un comunicado este miércoles para aclarar el alcance de su fallo sobre la ley de Tierras. El tribunal sostuvo que la decisión no definió si es constitucional la derogación de la norma y que solo se analizó un aspecto procesal: la legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) para iniciar la acción.

Según explicó el máximo tribunal, la sentencia se limitó a rechazar la demanda presentada por esa asociación al considerar que no tenía legitimación para solicitar una medida cautelar. La Corte remarcó que «solo se decidió un aspecto procesal» y que la discusión de fondo sobre la ley de Tierras todavía no fue resuelta.

El comunicado también precisa que el fallo no se pronunció sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737. Además, señala que la decisión «se ajusta estrictamente a todos los precedentes» del tribunal y no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite ante distintos juzgados.

La Corte indicó que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras puede solicitar una medida cautelar y que la procedencia de esos planteos deberá ser resuelta por el juez competente. «Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales», sostuvo el tribunal.

El conflicto judicial se originó después de que el gobierno de Javier Milei derogara la ley de Tierras mediante el DNU 70/2023. El CECIM presentó un amparo para cuestionar la medida y solicitar que se declarara inconstitucional la derogación. En primera instancia, la Justicia rechazó el planteo por considerar que la organización no estaba habilitada para iniciar esa acción. Luego, la Cámara Federal de La Plata revocó esa decisión, declaró inconstitucional el artículo del DNU que derogó la ley y ordenó continuar el proceso como causa colectiva.

El Gobierno apeló y el expediente llegó a la Corte Suprema. El máximo tribunal, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó el fallo de la Cámara y rechazó la demanda por falta de legitimación del CECIM.

En el marco del Coloquio de IDEA, el presidente Javier Milei respaldó la decisión de la Corte Suprema. «La decisión de la Corte Suprema es la decisión de la Corte Suprema, de eso se trata el republicanismo», afirmó durante una entrevista por videoconferencia desde París. Milei sostuvo que el Poder Ejecutivo no debe intervenir sobre las decisiones del máximo tribunal. «Nosotros estamos en una república. Hay división de poderes. Funciona y, si vivimos abogando y poniéndonos la bandera de la república, lo que decide la Corte es lo que decide la Corte, y yo no tengo por qué meterme en lo que está decidiendo», señaló.

La ley de Tierras, sancionada en 2011, establecía límites para la propiedad y posesión de tierras rurales por parte de extranjeros. Entre otras restricciones, fijaba un tope del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental.

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