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Mahiques destacó el procesamiento de ocho acusados por el atentado a la AMIA

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, calificó como «un hito en la lucha contra la impunidad» el procesamiento de siete ciudadanos iraníes y un libanés por el atentado a la AMIA. El juez federal Daniel Rafecas dictó la medida en el marco de la ley de juicio en ausencia.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, se refirió al procesamiento de siete ciudadanos iraníes y un libanés por su participación en el atentado contra la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994. A través de una publicación en la red social X, Mahiques sostuvo: «El procesamiento dictado por la Justicia Federal en la causa AMIA marca un hito en la lucha contra la impunidad».

El funcionario agregó: «Gracias a la ley de juicio en ausencia, hoy se procesó a 8 iraníes y libaneses como autores del atentado a la AMIA y pronto habrá en Argentina un juicio oral por estos hechos». Y concluyó: «Un paso histórico en favor de las 85 víctimas, sus familias y toda la sociedad argentina».

El juez federal Daniel Rafecas dictó el procesamiento de ocho acusados por su participación en la organización y ejecución del atentado contra la sede de la AMIA, que causó 85 muertos y 151 heridos. El magistrado dispuso embargos por 500 millones de dólares para cada uno de los procesados, todos ellos prófugos en el extranjero.

Rafecas procesó como autores mediatos a los iraníes Alí Fallahijan, ex ministro de Inteligencia; Alí Velayati, ex ministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, ex comandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, quien estaba al frente de la Fuerza Al Quds.

En tanto, fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, ex embajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, ex consejero cultural de la Embajada iraní, y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.

El octavo procesado es el libanés Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, integrante de Hezbollah, a quien la Justicia atribuyó la coordinación de la etapa final de la operación terrorista.

Según la reconstrucción plasmada en la resolución judicial, la decisión de atacar la AMIA fue adoptada en 1993 en las máximas instancias del régimen iraní y su ejecución fue encomendada a Hezbollah.

La resolución fue dictada mediante el régimen establecido por la ley 27.784 de juicio en ausencia, que permite que el proceso continúe pese a que los imputados permanezcan prófugos en el extranjero. El fallo puede ser apelado por la defensa y, una vez superadas las instancias correspondientes, la causa podrá avanzar hacia el juicio oral en ausencia.

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