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Con fallo dividido, la Corte Suprema de Santa Fe declaró ilegal el tope a las jubilaciones de privilegio

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de los estatales locales y aprobó los aportes solidarios que dejarán de aplicarse desde septiembre. El Ejecutivo provincial anunció que recurrirá la decisión.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de los estatales locales, en un fallo dividido que también alcanza a los magistrados del máximo tribunal. La decisión fue adoptada por cuatro votos contra tres y generó una respuesta del Poder Ejecutivo provincial.

Además, el tribunal aprobó los aportes solidarios que, a partir del mes de septiembre, dejarán de ser aplicados tanto para los activos como para los pasivos. Según informó la Agencia Noticias Argentinas, los demandantes cuentan con 30 días para adecuar su pretensión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

El fallo responde a demandas presentadas por diferentes ámbitos. En cuanto al tope de las jubilaciones, la moción fue presentada por la camarista penal Elena Virginia Ramón. La Ley de Emergencia Previsional de la provincia establecía que el límite sería equivalente a 20 jubilaciones mínimas, lo que impedía que cualquier persona en estado pasivo ganara por encima de ese monto. Previo a la norma, las jubilaciones más altas superaban a las mínimas hasta en 30 veces.

El aporte solidario fue cuestionado por la docente jubilada Gladys Noemí Lisi, ya que es un recorte aplicado a los salarios de las personas en actividad y a los haberes de los pasivos con el objetivo de reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones. El máximo tribunal consideró que el amparo no era la vía correspondiente y ordenó a los reclamantes acudir al fuero contencioso administrativo en un plazo de 30 días.

El Gobierno de Maximiliano Pullaro reaccionó a través del secretario de Seguridad Social, Jorge Boasso, quien expresó disconformidad con los fallos. Boasso afirmó: “podemos decir que es una sentencia que en la facultad debería enseñarse como lo que no se debe hacer. Es injusta; es una sentencia donde los jueces no tuvieron prurito, ni aplicaron principios de ética ni moral porque fallaron en causa propia. Cuatro ministros de los 7 fallaron por sus intereses personales”.

El funcionario indicó que el fallo no es inapelable, sino recurrible, y que la estrategia jurídica será definida por la Fiscalía de Estado y el gobernador. También sostuvo que la mayoría que declaró la inconstitucionalidad del tope “los alcanza a ellos” y cuestionó que el tema de los aportes haya sido enviado al Contencioso Administrativo “con un juicio ordinario que puede durar cuatro años seguro”, preguntándose “¿por qué no enviaron también el tope al Contencioso?”.

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