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Pico y Placa Bogotá: calendario de restricciones para el viernes 31 de julio de 2026

La Secretaría de Movilidad de Bogotá informó sobre la aplicación del programa Pico y Placa para este viernes 31 de julio de 2026. Se detallan los horarios y las terminaciones de placa restringidas para cada tipo de vehículo.

La Secretaría de Movilidad de Bogotá comunicó la aplicación del programa Pico y Placa para el viernes 31 de julio de 2026. La medida establece restricciones a la circulación vehicular según el tipo de vehículo y el último dígito de la placa.

Restricciones para el viernes 31 de julio de 2026

  • Vehículos particulares: todos.
  • Taxis: placas terminadas en 9 y 0.
  • Motos: todas.

El horario de restricción para taxis y transporte especial inicia a las 5:30 horas. Para vehículos particulares, la restricción comienza a las 6:00 horas. En ambos casos, finaliza a las 21:00 horas.

Los vehículos de carga tienen dos franjas horarias de restricción: de 6:00 a 8:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas.

Funcionamiento del Pico y Placa para particulares

Los vehículos particulares se dividen en dos grupos según el último dígito de la placa: el grupo 1 incluye terminaciones 1, 2, 3, 4 y 5; el grupo 2 incluye terminaciones 6, 7, 8, 9 y 0. Los autos del grupo 1 no circulan los días pares, mientras que los del grupo 2 no circulan los días impares. La restricción aplica de lunes a viernes, de 6:00 a 21:00 horas, excepto fines de semana y festivos.

Restricciones para taxis y vehículos de carga

Para taxis y vehículos de servicio de transporte especial, la restricción se aplica por pares de terminaciones: 1 y 2, 3 y 4, 5 y 6, 7 y 8, 9 y 0. La asignación cambia semanalmente.

Los vehículos de carga no pueden circular durante las horas de restricción de lunes a viernes. Los sábados pueden circular, sujeto a condiciones de peso y antigüedad del vehículo.

Excepciones al Pico y Placa

No aplican a la restricción los vehículos eléctricos, híbridos, de cero emisiones, motocicletas, vehículos de servicio diplomático, funerarias, emergencia y seguridad, transporte de personas con discapacidad, control de tráfico y grúas, medios de comunicación, autoridades judiciales, transporte escolar, enseñanza automovilística y aquellos con ocupación de tres o más personas desde el inicio hasta el fin del viaje.

Para acceder a la excepción, el vehículo debe registrarse previamente ante la Secretaría de Movilidad de Bogotá.

Pico y Placa Solidario

Los conductores que no estén exentos pueden solicitar el permiso Pico y Placa Solidario, que permite circular en días y horarios restringidos a cambio de un aporte económico destinado al Sistema Integrado de Transporte Público.

Pico y Placa Regional

El Pico y Placa Regional se aplica el último día de cada puente festivo en nueve corredores de ingreso a Bogotá. Para placas impares, la restricción es de 12:00 a 16:00 horas; para placas pares, de 16:00 a 20:00 horas.

Los corredores son: Autopista Norte (peaje Andes – portal Norte), Autopista Sur (límite de Soacha – avenida Boyacá), Avenida Centenario (calle 13, río Bogotá – avenida Ciudad de Cali), Avenida Calle 80 (puente de Guadua – portal 80), Avenida Carrera 7 (calle 245 – calle 183), Avenida Boyacá vía al Llano (túnel Argelino Durán Quintero – antigua vía al Llano), Vía Suba Cota (río Bogotá – avenida calle 170), Vía la Calera (peaje Patios – avenida carrera 7) y Vía a Choachí (vía a Monserrate – avenida circunvalar).

No aplican a esta restricción los vehículos con tres o más ocupantes, los de personal médico y los que cuenten con Pico y Placa Solidario.

Sanciones por incumplimiento

La infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito establece una multa de 522.900 pesos colombianos y la inmovilización del vehículo para quienes violen la restricción.

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