InicioPolíticaLa reforma laboral vuelve a estar vigente tras un fallo judicial

La reforma laboral vuelve a estar vigente tras un fallo judicial

La jueza federal Macarena Marra Giménez dejó sin efecto la cautelar que suspendía 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral. La medida había sido impulsada por la CGT.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, a cargo de la jueza Macarena Marra Giménez, revocó la medida cautelar que mantenía suspendidos 81 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La resolución, dictada en una causa iniciada por la CGT contra el Estado nacional, habilita la plena vigencia de la norma.

La magistrada sostuvo que el juez Raúl Horacio Ojeda, del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, no era competente para dictar la cautelar original y que no se cumplían los requisitos legales para mantener la suspensión. En su fallo, recordó que la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ya había definido que la competencia correspondía al fuero contencioso administrativo.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, celebró la decisión y afirmó que “es una gran noticia para los trabajadores y para los que generan trabajo en el país”. “De esta manera, la ley votada en el Congreso finalmente va a entrar en vigencia”, señaló.

La CGT había presentado una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Ejecutivo, argumentando que la mayoría de los artículos vulneran la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia. La cautelar original, dictada el 30 de marzo, frenaba artículos vinculados a contratación laboral, indemnizaciones, negociación colectiva, tutela sindical, derecho de huelga, jornada laboral, vacaciones, período de prueba y convenios colectivos.

En su resolución, Marra Giménez citó la Ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado, que establece que los jueces deben abstenerse de decretar cautelares cuando no sean competentes. Además, cuestionó el alcance de la medida, señalando que “la accionante persigue la suspensión de 81 artículos que regulan una amplia gama de cuestiones de una variedad y complejidad tal que excede el estrecho ámbito de apreciación del remedio preliminar”.

La jueza también remarcó que analizar la constitucionalidad de ese conjunto de normas en una instancia cautelar implicaría adelantar criterio sobre el fondo del asunto, y que “realizar un examen a título cautelar sobre la arbitrariedad o inconstitucionalidad de 81 artículos de una ley dictada por el Congreso Nacional resultaría un claro abuso del instituto cautelar”. Finalmente, enfatizó que “las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente” y que el planteo de la CGT requiere un examen profundo de los derechos involucrados.

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